El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá otorgar la visa tipo “V” al extranjero que desee visitar una o varias veces el territorio nacional, o permanecer temporalmente en él sin establecerse. Se les otorga a quienes visiten el territorio nacional con fines de ocio, turismo o interés cultural o para realizar gestiones de negocios, estudios de mercado, planes o trámites de inversión directa y constitución de sociedad comercial, negociación, celebración de contratos o representación comercial. También se les podrá entregar a quienes participan en programas de intercambio académico, o quienes asistan a consulta, intervención o tratamiento médico. Se entrega a quienes participen en eventos en calidad de conferencista, expositor, artista, deportista, jurado, concursante o personal logístico. Además sirve como permiso de permanencia a las personas que visiten el país para cubrimientos periodísticos o permanecer temporalmente como corresponsal de prensa de medio extranjero. Esta visa tipo V solo podrá solicitarse dentro del territorio nacional, su vigencia será de máximo un año, no será susceptible de ser prorrogada o renovada y podrá extenderse. Sin embargo, también se podrá otorgar la visa tipo “V” con vigencia hasta de 2 años tomando en cuenta la actividad que se propone el extranjero en Colombia.